Requisitos para registro de Grupos Voluntarios en Sonora

Submitted byDGPC onJue, 17/03/2022 - 11:41

Ley de Protección Civil para el Estado de Sonora

Artículos 84 y 85

El Grupo Voluntario para obtener su registro ante la Coordinación Estatal, deberá presentar simultáneamente: 
 
De manera escrita: 

  1. Solicitud debidamente suscrita por el representante que cuente con facultades suficientes y Acta constitutiva protocolizada ante notario público. 

De manera electrónica los siguientes documentos: 

  1. Comprobante de domicilio para recibir notificaciones, con una antigüedad máxima de dos meses.
  2. Documento que acredite la personalidad del representante legal.
  3. Directorio del Grupo Voluntario que incluya: nombre de cada integrante; números telefónicos para localización y correos electrónicos y, destacar los datos de localización del presidente o del representante legal y enlaces operativos.
  4. Listado de frecuencias de radio para las radiotransmisiones y copia de la respectiva autorización de la autoridad competente.
  5. Oficio con la descripción de:
    1. Colores, letreros y emblemas a utilizar en sus unidades;
    2. Siglas de identificación de la organización y unidades; y
    3. Características del uniforme que portarán los elementos. 
  6. Organigrama, indicando los nombres y funciones de las personas que ocupan los puestos descritos en el mismo.
  7. Inventario del parque vehicular, definiendo el tipo de cada una de las unidades que lo integran, conforme a la siguiente clasificación:
    1. Rescate;
    2. Ambulancia;
    3. Transporte de personal;
    4. Grúas;
    5. Apoyo logístico;
    6. Remolques; y
    7. Otros, especificando el tipo de que se trate. 
  8. Relación del equipo con que se disponga en cada uno de los vehículos.
  9. Copia del formato de identificación que utilice para su personal.
  10. Inventario de recursos humanos, indicando los datos generales del personal y presentando las constancias emitidas por la autoridad competente, que señalen la capacitación con que cuente.
  11. Área geográfica de atención y horario normal de trabajo.
  12. Documento en el que se describa el procedimiento de notificación y activación de respuesta, incluyendo frecuencias de radio, teléfonos de oficina y particulares, fax, localizadores móviles, correos electrónicos y demás similares, así como tiempo de respuesta aproximado; 
  13. Directorio actualizado de los dirigentes y personal de la organización. y 
  14. Bitácora, en caso de haber participado en situaciones de Emergencia o Desastre de carácter nacional o regional, la cual deberá contener la cantidad y tipo de servicios atendidos por especialidad; una descripción de actividades operativas realizadas; la cantidad de elementos asignados, así como el lugar, la evaluación del servicio voluntario y la forma de coordinación con las autoridades de Protección Civil.

Los documentos que pueden presentar para acreditar la capacitación en materia de Protección Civil de los Grupos Voluntarios podrán ser, los siguientes: 

  1. Constancia otorgada por haber acreditado los cursos o cursos-talleres básicos referentes a la actividad teórica o teórico-práctica de conocimientos básicos, habilidades y destrezas o la actualización de los ya existentes en una temática específica.
  2. Diploma otorgado por haber acreditado los cursos avanzados o cursos-talleres avanzados referentes a la actividad teórica o teórico-práctica para profundizar los conocimientos, habilidades y destrezas en un área específica.
  3. Diploma otorgado por haber acreditado un diplomado sobre un área específica de Protección Civil.
  4. Constancia que acredite la participación en otras actividades, eventos, congresos, jornadas o seminarios, así como otras actividades o metodologías de enseñanza y aprendizaje.

Conoce el listado completo de requisitos por entidad federativa en este enlace

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