Requisitos para registro de Grupos Voluntarios en Chihuahua

Submitted byDGPC onJue, 17/03/2022 - 10:56

Ley de Protección Civil del Estado de Chihuahua

Articulo 28, fracción X, así como artículo 131 de su Reglamento.

Corresponde a la Coordinación Estatal integrar un padrón estatal de grupos voluntarios en los municipios. 
El Grupo Voluntario únicamente podrá obtener su registro ante las Coordinaciones Municipales presentando, presencialmente o de manera electrónica, los siguientes documentos: 

  1. Acta constitutiva protocolizada ante fedatario publico. 
  2. Comprobante de domicilio para recibir notificaciones, con una antigüedad máxima de dos meses. 
  3. Documento que acredite la personalidad del representante legal.
  4. Directorio del grupo voluntario que incluya: nombre de cada integrante; números telefónicos para localización, correos electrónicos y destacar los datos de localización del presidente o del representante legal y enlaces operativos. 
  5. Documentos que acrediten que están debidamente capacitados para desempeñarse en materia y que cuenta con la certificación emitida por alguna autoridad o institución publica o privada relacionada con la materia. Los documentos que pueden presentar para acreditar la capacitación a que se refiere la presente fracción, podrán ser, entre otros, los siguientes: a) Constancia otorgada por haber acreditado los cursos o cursos-talleres básicos referentes a la actividad teórica o teórico-practica de conocimientos básicos, habilidades y destrezas o la actualización de los ya existentes en una temática especifica, expedidos por autoridad competente; b) Diploma otorgado por haber acreditado los cursos avanzados o cursos-talleres avanzados referentes a la actividad teórico o teórico-practica para profundizar los conocimientos, habilidades y destrezas en un área especifica; c) Documento otorgado por haber acreditado un diplomado sobre un área especifica de protección civil, o; d) Constancia que acredite la participación en otras actividades, eventos, congresos, jornadas o seminarios, así como otras actividades o metodologías de enseñanza y aprendizaje. 
  6. Bitácora, en caso de haber participado en situaciones de emergencia o desastre de carácter nacional, estatal o municipal, misma que deberá contener la cantidad y tipo de servicios atendidos por especialidad; la cantidad de elementos asignados, así como el lugar, la evaluación del servicio voluntario y la forma de coordinación con las autoridades de protección civil. 

Conoce el listado completo de requisitos por entidad federativa en este enlace

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